DIAN se pronuncia sobre si en un contrato de cuentas en participación el socio oculto debía expedir factura electrónica al socio gestor

En el mandato comercial los ingresos, costos y deducciones en que incurra el mandatario no afectarán su base gravable

Mediante concepto N° 152 de 2021 la DIAN reiteró lo siguiente:

 “El reconocimiento para un socio oculto de las utilidades provenientes de un contrato de cuentas en participación no puede considerarse una operación de venta, importación o prestación de un servicio en los términos del artículo 616-1 arriba mencionado, y por lo tanto no existe obligación de facturar por parte de éste.”

La administración señaló que de acuerdo con lo establecido en los artículos 1.6.1.4.1 del Decreto 1625 de 2016 y 1° de la Resolución DIAN N° 000042 de 2020, la factura electrónica de venta con validación previa a su expedición, en adelante factura electrónica de venta “hace parte de los sistemas de facturación que soporta operaciones de venta de bienes y/o prestación de servicios de conformidad con lo previsto en artículo 616-1 del Estatuto Tributario”

En el mandato comercial los ingresos, costos y deducciones en que incurra el mandatario no afectarán su base gravable

En el mandato comercial los ingresos, costos y deducciones en que incurra el mandatario no afectarán su base gravable

El Consejo de Estado mediante sentencia del 24 de septiembre de 2020, Expediente 24158, reiteró que a efectos del impuesto sobre la renta, los ingresos, costos y deducciones en que incurra el mandatario no afectarán su base gravable, sino que serán atribuibles al mandante de conformidad con la certificación que el primero le emita, la cual debe estar avalada por contador público o revisor fiscal para que el mandante pueda soportar los efectos tributarios del mandato en su declaración de renta.

Realización del ingreso frente a pagos basados en acciones

Realización del ingreso frente a pagos basados en acciones

Mediante concepto N° 1369 de 2021 la DIAN precisó que al tenor del artículo 108-4 del Estatuto Tributario, cuando se trata del derecho a ejercer una opción para la adquisición de acciones o cuotas de participación social, el ingreso se reconocerá en el momento en que se ejerza dicha opción. Si se reciben estas acciones o cuotas como parte de la remuneración, el ingreso se reconocerá en el momento en que estas se entreguen, el trabajador figure como accionista de la respectiva sociedad o se efectúe la correspondiente anotación en cuenta, lo que suceda primero.

 

Base gravable para la liquidación de los derechos de aduana en bienes fabricados, reacondicionados o reconstruidos en Zona Franca cuando tienen desgravación parcial

Base gravable para la liquidación de los derechos de aduana en bienes fabricados, reacondicionados o reconstruidos en Zona Franca cuando tienen desgravación parcial

Mediante concepto N°  100208221-0209 del 17 de febrero de 2021 la DIAN indicó:

“El propósito del artículo 483 del Decreto 1165 de 2019, al establecer la forma de determinar la base gravable para la liquidación de los derechos de aduana de un bien producido en zona franca, es que de dicha base solo hagan parte aquellos valores incorporados en la producción del bien final, que individualmente estén sujetos a la liquidación y pago de tributos aduaneros. Debiendo entonces restarse del valor en aduanas del bien final objeto de importación, los siguientes valores:

 (i) Mano de obra, costos, gastos nacionales y los beneficios.

 (ii) Materias prima o insumos extranjeros que ya fueron objeto de nacionalización por el tercero en el territorio aduanero nacional quien se las vendió al usuario.

 (iii) Materias primas e insumos exportados temporalmente a zona franca.

 (iv) Materia prima o insumos extranjeros provenientes de terceros países, desgravados en desarrollo de acuerdos de libre comercio celebrados por Colombia, siempre y cuando cumplan con los requisitos de origen exigidos.

  (v) Así mismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 483 del Decreto 1165 de 2019, se deducirá del valor en aduanas del bien final objeto de importación el valor de los bienes nacionalizados por el usuario industrial incorporado al bien final.” (Subrayado fuera de texto)

Con fundamento en este entendimiento la administración tributaria concluyó que el 485 del Decreto 1165 de 2019 en ningún momento consideró expresamente que las materias primas e insumos con desgravación parcial hagan parte del valor agregado nacional, por tanto, únicamente forman parte del valor agregado nacional las materias primas e insumos que tengan desgravación total, siempre y cuando dichos productos cumplan con los requisitos de origen exigidos.  

Normativa aplicable en una fusión internacional donde una sociedad extranjera es absorbida por una sociedad colombiana

Normativa aplicable en una fusión internacional donde una sociedad extranjera es absorbida por una sociedad colombiana

Mediante Oficio 220-009437 proferido el 11 de febrero de 2021 la Superintendencia de Sociedades precisó que al constituir la fusión una reforma al contrato social, de producirse entre una sociedad colombiana como absorbente y una sociedad extranjera como absorbida cuyo domicilio se encuentra en una jurisdicción firmante de las convenciones internacionales que regulan las relaciones comerciales privadas, deben observarse las normas consagradas la legislación nacional habida cuenta de que el domicilio de la absorbente se encuentra ubicado en Colombia, sin perjuicio que la sociedad extranjera tenga que cumplir, además, con las reglas correspondientes del país de su domicilio comercial en lo que resulte pertinente.

DIAN se pronuncia sobre la exclusión de IVA en la importación y venta de equipos destinados a la construcción, instalación, montaje y operación de sistemas necesarios para el cumplimiento de las disposiciones, ambientales y para para la producción y utilización de energía

DIAN se pronuncia sobre la exclusión de IVA en la importación y venta de equipos destinados a la construcción, instalación, montaje y operación de sistemas necesarios para el cumplimiento de las disposiciones, ambientales y para para la producción y utilización de energía