Mediante Concepto N° 590 de 2020 la Subdirección de Gestión Normativa y Doctrina de la DIAN reitera que las tasas percibidas como remuneración para los particulares en los contratos de concesión se encuentran excluidas de IVA, esto con fundamento en lo dispuesto en el artículo 10 del Decreto 1372 de 1992 compilado en el artículo 1.3.1.13.6. del Decreto 1625 de 2016.
En este pronunciamiento recoge los lineamientos establecidos por la entidad años atrás a través del Concepto Unificado N° 00001 de 2003.