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Realización del ingreso frente a pagos basados en acciones

Mediante concepto N° 1369 de 2021 la DIAN precisó que al tenor del artículo 108-4 del Estatuto Tributario, cuando se trata del derecho a ejercer una opción para la adquisición de acciones o cuotas de participación social, el ingreso se reconocerá en el momento en que se ejerza dicha opción. Si se reciben estas acciones o cuotas como parte de la remuneración, el ingreso se reconocerá en el momento en que estas se entreguen, el trabajador figure como accionista de la respectiva sociedad o se efectúe la correspondiente anotación en cuenta, lo que suceda primero.

 

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