La Administración Distrital radicó un Proyecto de Acuerdo para otorgar incentivos tributarios para la reactivación económica de Bogotá en los próximos años.
Si esta iniciativa es aprobada en el Concejo el 100 % de los 2,6 millones de predios que tiene Bogotá tendría congelamiento en el pago del impuesto predial, y además podría disponer de la opción del pago en cuatro cuotas iguales, sin intereses.
La propuesta de la Alcaldía de Bogotá también plantea otorgar una exención del 100 % en el impuesto predial para teatros y museos por los años 2021 y 2022, y del 50 % para los años siguientes hasta el 2030.
Así mismo, otorga un descuento tributario a los predios de estratos 1, 2 y 3 que tuvieron un crecimiento desbordado en el gravamen en 2018 y 2019, por cambios de áreas construidas.
Otra medida de alivio tiene que ver con el Impuesto de Industria y Comercio (ICA), que contempla descuentos en el gravamen para las empresas que hayan tenido pérdidas económicas en 2020 que oscilan entre el 5 % y el 15 % del impuesto a cargo, de acuerdo con el porcentaje de reducción de sus ingresos.
Los incentivos propuestos también incluyen la adopción voluntaria del Régimen Simple de Tributación (RST), que permitirá a muchas empresas reducir su carga tributaria, facilitar el pago de sus impuestos y, a muchas otras, formalizarse.
La Administración Distrital asumirá un porcentaje del costo del registro y renovación de la matrícula mercantil para los empresarios que se formalicen a partir de 2021, y hasta 2026, mediante la inscripción en el Registro de Información Tributaria – RIT o en el Régimen Simple de Tributación.
Otro incentivo que contempla el proyecto es aplicar la progresividad en la tarifa del impuesto de Industria y Comercio (ICA) para las microempresas que se inscriban en el RIT hasta el 2027. Esto les permitirá pagar entre el 20 y el 80% de la tarifa actual durante los primeros cuatro años, y solo tributar la tarifa plena a partir del quinto año.
Así las cosas, sobre las solicitudes presentadas entre el 10 de enero y el 25 de mayo de 2019 para obtener la deducción de inversiones de FNCE concluyó:
“(…)las solicitudes presentadas por los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios presentadas para el año 2019, deberá seguir las condiciones expresadas por la norma antes de la modificación, toda vez que, tal y como se explicó en el oficio precitado, las disposiciones afectas a impuestos de periodo, verbigracia el impuesto sobre la renta y complementarios efectuadas en el año 2019, rigen a partir del periodo gravable año 2020 de conformidad con lo establecido en el artículo 338 de la Constitución Política.”
En consecuencia, las solicitudes presentadas para obtener el beneficio el año 2019 seguirán el trámite previamente establecido por la ley y el reglamento para ser ejecutadas en el año gravable 2019.