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Exclusión de IVA por importación de equipos bajo la Ley 1715 de 2014

Mediante Concepto N° 80 del 28 de enero 28 de 2021 la DIAN al ser consultada sobre  la posibilidad de acceder a exclusión de IVA cuando con posterioridad a la operación de importación o venta se solicitan las certificaciones exigidas por la ley y el reglamento, indicó que con fundamento en el artículo 1.3.1.12.21. del Decreto 1625 de 2016 la norma es clara en disponer que la certificación que soporta la procedencia de la exclusión puede ser obtenida con posterioridad a la realización de la venta o la presentación de la declaración de importación.

 

Acudiendo a lo previsto en el parágrafo 3º de la norma arriba mencionada concluye que bajo ese supuesto lo procedente sería iniciar el procedimiento para solicitar y efectuar la devolución por pagos de lo no debido el cual se encuentra reglado en el para obtener la devolución del impuesto pagado siguiendo los lineamientos establecidos en el artículo 1.6.1.21.27. del decreto en cita

 

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