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Declaración de importación o declaración especial de importación para bienes finales obtenidos de procesos de producción, transformación o elaboración de bienes en zona franca

Sobre el particular la DIAN mediante concepto N° 1541 de 2020 indicó:

“Así mismo, la producción, transformación o elaboración de bienes en zona franca, puede corresponder a:

(i) Procesos industriales, en los cuales el usuario industrial adquiere materias primas e insumos en el exterior, o en el resto del territorio aduanero nacional o a otros usuarios de zona franca, que incorpora en el bien final obtenido; o

(ii) Procesos industriales donde las materias primas o insumos no son de propiedad del usuario industrial, las cuales recibe de un tercero en el resto del territorio aduanero nacional quien previamente los exportó a la zona franca y posteriormente los reimporta, bajo las modalidades de exportación temporal para perfeccionamiento pasivo y reimportación por perfeccionamiento pasivo, respectivamente, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 366 a 371 del Decreto 1165 de 2019 y 406 a 409 y 524 de la Resolución 046 de 2019. Así mismo, el usuario industrial puede incorporar en el proceso industrial, materias primas o insumos que haya adquirido y que forman parte del bien objeto de reimportación.

En ambos casos, cuando el bien final obtenido del proceso de producción, transformación o elaboración de bienes en zona franca vaya a ser objeto de importación, de conformidad con lo establecido en los artículos 483 a 485 del Decreto 1165 de 2019, se debe presentar la correspondiente declaración de importación o declaración especial de importación, según las características de la operación y la modalidad de importación que corresponda, o el formulario de movimiento de mercancías y/o certificado de integración si no hay lugar al pago de tributos aduaneros.

Debe entonces el peticionario evaluar las condiciones particulares de su proceso industrial, para establecer si al momento de la importación del bien final obtenido está obligado a presentar declaración de importación o declaración especial de importación para formalizar la salida de los bienes de la zona franca, o simplemente soportar la importación, con formulario de movimiento de mercancías y/o certificado de integración.” (Negrilla fuera de texto)

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